Páginas

AHORA TÚ HACES VILLAFRANCA DIGITAL. ESCRIBE UNA NOTICIA O COMENTARIO EN TWITTER CON EL HASTAG #VILLAFRANCADELOSBARROS Y SERÁ PUBLICADO AL INSTANTE

TUS MENSAJES

NOS VISITAN DESDE...

Las cooperativas de Villafranca podrán rechazar el reembolso de las aportaciones de sus socios

 El Consejo de Gobierno de la junta de Extremadura aprobó hoy un Decreto-Ley por el que se modifica la Ley  de Sociedades Cooperativas de Extremadura, con el fin de evitar una serie de consecuencias negativas, que situarían a las sociedades cooperativas extremeñas en una posición desfavorable respecto al resto de cooperativas españolas, y a otras sociedades mercantiles que desde su constitución cuentan con una determinada cifra de recursos propios.
Esta modificación afecta fundamentalmente a la regulación del derecho de reembolso de los socios en caso de baja, que actualmente se configura como derecho incuestionable.
Esta reforma ha sido aprobada por el Consejo de Gobierno para que sea operada no solo en el presente año, sino con la antelación suficiente respecto del cierre del ejercicio económico, y para que las sociedades cooperativas extremeñas, en su aplicación, puedan llevar a cabo las correspondientes reformas estatutarias antes de dicho cierre.
Esta reforma introduce la posibilidad de que el capital social de las sociedades cooperativas esté constituido por aportaciones con derecho a reembolso en caso de baja y por aportaciones cuyo reembolso pueda ser rehusado incondicionalmente por el órgano de gobierno de la entidad, posibilitando además las necesarias modificaciones estatutarias para que dicho órgano pueda acordar la conversión de las primeras en las segundas, respetando el derecho de los socios disconformes a causar baja justificada en la sociedad cooperativa.
En esta modificación se prevé, como garantía para los socios, que la decisión de suprimir el derecho de reembolso sólo pueda adoptarse por acuerdo de la asamblea, con los requisitos previstos para las modificaciones estatutarias.
Entre otras medidas, el nuevo decreto-ley aprobado por el Consejo de Gobierno regula la opción de causar baja justificada en la sociedad para los titulares de las aportaciones que pierdan su derecho incondicional al reembolso, causando el menor deterioro posible en el funcionamiento de la misma.

1 comentario:

Anónimo dijo...

me gustaria que alguien me explicara esto mejor no consiguo entenderlo muchas gracias