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Una sentencia anula los bandos municipales que autorizan el rebusco

Los Ayuntamientos no son competentes para regular las labores de rebusco en el campo, que en ningún caso podrán efectuarse sin permiso de los propietarios de las parcelas. Es la principal conclusión de una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura que anula a instancias de APAG Extremadura los bandos publicados por el Ayuntamiento de Almendralejo.
Según la sentencia, a la que ha tenido acceso Villafranca Digital, "el bando no es el instrmento legal ni normativo válido para expresarse en los términos en que lo hace" e insta a poner en marcha un mecanismo legal de superior rango pero siempre  haciendo constar de que las tareas de rebusco exigen la autorización expresa del propietario.
Desde APAG se asegura que los bandos municipales sobre el rebusco "retringen el derecho a la propiedad privada" y son "una tapadera perfecta para amparar robos de uvas y aceitunas".
"Los Ayuntamientos no son quien para autorizar que se entre en una propiedad privada",según Bibiano Serrano.

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